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REQUISITOS PARA EL PAGO DE DÍAS FESTIVOS

REQUISITOS PARA EL PAGO DE DIAS FESTIVOS:

“Día festivo” es el día que el negocio de su jefe se cierra por negocios en cualquier día festivo.

Generalmente, las horas trabajadas en los días festivos y los fines de semana se cuentan como cualquier otra hora trabajada en cualquier otro día laboral de la semana. La ley del estado de California no obliga que si jefe le proporcione a usted ya sus compañeros de trabajo vacaciones pagadas. Como se estipuló anteriormente, esees el día en que el negocio de su jefe para de sus actividades en cualquier día festivo. Además, su jefe no está obligado a darle a usted o sus compañeros de trabajo el día libre por cualquier día festivo en particular.

EL PAGO DE ALGÚN DÍA FESTIVO NO ES OBLIGATORIO POR LEY

No hay nada en la ley que exija tal práctica. Además, no hay nada en la ley que obligue a pagarle a un empleado una prima especial por el trabajo realizado en un día festivo, sábado o domingo, a menos no sea la prima por el pago de horas extras cuando se realiza un trabajo de más de ocho horas en una jornada laboral  o 40 horas en una semana laboral.

EL JEFE DEBE PAGAR LOS DÍAS FESTIVOS BAJO LOS SIGUIENTES ESCENARIOS:

Si bajo ciertas circunstancias, su jefe cierra su negocio en algún día festivo y les da a sus empleados el día libre con goce de sueldo. Tales circunstancias existen cuando vayan de acuerdo con las siguientes situaciones:

  1. De acuerdo con una política o práctica adoptada por su jefe. La política debe ser neutral y no discriminatoria,
  2. De conformidad con los términos de un convenio colectivo,
  3. De acuerdo con los términos de un acuerdo de empleo entre usted y el empleador.

Si la paga de días festivos de su jefe lo discrimina

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